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Visa R-1 y EB-4

Trabajo religioso en los Estados Unidos

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Visa R-1

Trabajo religioso

Trabajador religioso temporal (R-1): Visa de no-inmigrante para trabajo religioso. / Trabajador religioso inmigrante (EB-4): Visa de inmigrante para trabajador religioso.

VISA R-1 (TRABAJO RELIGIOSO)

 

La visa R-1 está diseñada para personas que desean ingresar a los Estados Unidos para realizar actividades religiosas.

Esta visa requiere el patrocinio de una organización religiosa en los EE.UU. a la que el solicitante debe pertenecer o estar afiliado en su país de origen.   

Beneficios principales de la visa R-1

La visa R-1 ofrece varias ventajas importantes para las personas que buscan realizar actividades religiosas en los EE.UU.

  • Propósito religioso: Permite a los miembros de una organización religiosa internacional ingresar a los Estados Unidos para cumplir con sus funciones.
  • Estudios y capacitación: Además de sus responsabilidades laborales, los titulares de una visa R-1 pueden estudiar y recibir capacitación religiosa dentro de su organización.
  • Inclusión familiar: El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años del titular de la visa son elegibles para obtener una visa R-2 para acompañarlo.
  • Tiempo de estadía: Se puede permanecer en los EE.UU. por un período inicial de hasta 30 meses, con la posibilidad de extender la visa por otros 30 meses. Esto permite una estadía total de hasta 5 años, con la libertad de viajar fuera de los EE.UU. y regresar.
  • Camino a la residencia: Es posible optar por la residencia permanente legal a través de la categoría de visa de inmigrante EB-4, lo que convierte a la visa R-1 en un paso estratégico para establecerse a largo plazo en los EE.UU.        
Requerimientos principales para obtener la visa R-1

Para obtener una visa R-1, el solicitante debe cumplir con las siguientes condiciones principales:

  • Patrocinio: Ser patrocinado por una organización religiosa sin fines de lucro que haya operado en los Estados Unidos por al menos dos años.
  • Membresía: Haber sido miembro de la misma denominación religiosa durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la visa.
  • Posición laboral: Ser contratado para una de las siguientes posiciones: 1) Pastor o similar, 2) Trabajador religioso vocacional, o 3) Trabajador en ocupación religiosa.
  • Horas de trabajo: La posición debe ser a tiempo parcial o completo, con un mínimo de 20 horas por semana.
  • Compensación: Demostrar que recibirá una compensación (monetaria o no) o que puede realizar sus actividades laborales con sus propios recursos económicos.   

Ejemplos práctico VISA R-1*

Ministro religioso (Visa R-1)

El caso de Carlos Gómez, un ministro colombiano de la Iglesia Pentecostal, es un ejemplo claro de una situación que califica para una visa R-1.

  • Posición Ministerial: La Iglesia Pentecostal en California le ha invitado a servir como ministro, lo cual es una de las posiciones laborales elegibles para la visa R-1.
  • Membresía: Carlos ha sido miembro de su denominación religiosa durante un largo período, cumpliendo con el requisito de ser miembro por al menos dos años antes de la solicitud.
  • Naturaleza de su trabajo: Sus responsabilidades, que incluyen predicar, liderar servicios de adoración y administrar sacramentos, se enfocan en deberes religiosos, lo que cumple con el propósito de la visa R-1.   
Trabajadora religiosa vocacional (Visa R-1)

El caso de María Hernández, una monja argentina de la Iglesia Católica Romana, es un ejemplo de una situación que califica para una visa R-1 como trabajadora religiosa vocacional.

  • Posición laboral: La Diócesis de Nueva York ha invitado a María a servir como misionera. Su trabajo, que se centra en el servicio a la comunidad, la enseñanza religiosa y las actividades litúrgicas, la califica para la visa R-1.
  • Membresía: María ha dedicado su vida a su orden religiosa, habiendo tomado votos y sirviendo como monja profesa. Esto cumple con el requisito de haber sido miembro de la denominación por al menos dos años.
  • Naturaleza del trabajo: Las responsabilidades de María están profundamente arraigadas en prácticas y funciones religiosas, lo que se alinea perfectamente con el propósito de la visa R-1.   
Ocupación religiosa (Visa R-1)

El caso de Ana Martínez, una educadora religiosa de la Iglesia Metodista en Perú, es un ejemplo de una situación que califica para una R-1.

  • Posición laboral: La Iglesia Metodista de Florida ha invitado a Ana a servir como educadora religiosa. Este rol, que incluye enseñar, organizar actividades de fe y liderar grupos juveniles, es una «ocupación religiosa» que califica para la visa R-1.
  • Membresía: Ana ha sido miembro de su comunidad religiosa desde su adolescencia, cumpliendo con el requisito de haber sido miembro de la denominación por al menos dos años.
  • Naturaleza del trabajo: Sus responsabilidades diarias se centran en funciones religiosas, como la enseñanza y la guía espiritual, lo que se alinea con el propósito de la visa R-1.    

*Todos los ejemplos han sido creados con fines ilustrativos y no deben ser considerados como casos reales.

Visa EB-4

Trabajador religioso inmigrante

Trabajador religioso temporal (R-1): Visa de no-inmigrante para trabajo religioso. / Trabajador religioso inmigrante (EB-4): Visa de inmigrante para trabajador religioso.

VISA EB-4 PARA TRABAJADORES RELIGIOSOS

Además de la visa temporal R-1, los trabajadores religiosos también pueden obtener la residencia permanente en los Estados Unidos a través de la visa de inmigrante EB-4.

Este proceso de inmigración les permite residir y trabajar en el país de forma indefinida.

Beneficios principales de la visa EB-4

La visa EB-4 ofrece ventajas importantes para los trabajadores religiosos que buscan la residencia permanente en los Estados Unidos.

  • Residencia permanente: Permite a los miembros de una organización religiosa internacional inmigrar a los EE.UU. como residentes permanentes legales para realizar funciones religiosas a tiempo completo.
  • Ajuste de estatus: Si ya se encuentra en los EE.UU. con una visa R-1 temporal, puede solicitar un ajuste de estatus para obtener la residencia permanente legal sin tener que salir del país.
  • Inclusión familiar: El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años del titular de la visa EB-4 también son elegibles para obtener la residencia permanente legal.  
Requerimientos principales para obtener visa EB-4

Para obtener una visa EB-4 (o estatus) como trabajador religioso, el solicitante debe cumplir con las siguientes condiciones principales:

  • Patrocinio: Debe ser patrocinado por una organización religiosa sin fines de lucro que haya operado en los Estados Unidos por al menos dos años.
  • Membresía: Debe haber sido miembro de la misma denominación religiosa durante al menos dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Posición laboral: Debe ser patrocinado para una posición laboral a tiempo completo como: 1. Pastor (o similar), 2. Trabajador religioso vocacional, o 3. Trabajador en ocupación religiosa.
  • Horas de trabajo: El empleo debe ser a tiempo completo, con un mínimo de 35 horas semanales.
  • Compensación: Debe demostrar que recibirá una compensación (salarial o no salarial) por su trabajo religioso.    

Ejemplos práctico VISA EB-4*

Ministro religioso (Visa EB-4)

Este ejemplo describe el proceso de solicitud de la visa de inmigrante EB-4 para José María González, un pastor peruano, patrocinado por una iglesia en los Estados Unidos.

Perfil del Solicitante: José María González es un pastor peruano con 15 años de experiencia y una Maestría en Teología. Su trabajo se ha centrado en programas de alcance comunitario, tutoría juvenil y educación religiosa. La Primera Iglesia Bautista de Miami lo ha invitado a unirse a su equipo pastoral para dirigir servicios, impartir clases y supervisar proyectos.

Proceso de la Petición EB-4: La iglesia patrocinadora en los EE.UU. presentó una petición de inmigrante EB-4 que incluye los siguientes documentos clave:

  • La petición formal EB-4.
  • Evidencia de las calificaciones y ordenación de José como ministro.
  • Prueba del estado de exención de impuestos de la iglesia.
  • Una carta detallada que describe las responsabilidades de José y la necesidad de sus servicios.

Entrevista y Conclusión: El paso final es la entrevista de José en la Embajada de los EE.UU. en Lima. Él debe presentar su pasaporte, la aprobación de la petición y pruebas de apoyo financiero de la iglesia. El proceso demuestra que su trayectoria y el patrocinio de la iglesia cumplen con los requisitos de la visa EB-4, lo que le permitirá obtener la residencia permanente legal en los EE.UU.   

Trabajadora religiosa vocacional (R-1/EB-4)

Caso: Ajuste de estatus de R-1 a EB-4

Este ejemplo detalla el proceso de ajuste de estatus de Mariana López, una trabajadora religiosa vocacional colombiana, que busca la residencia permanente a través de la visa EB-4 después de servir en los EE. UU. con una visa R-1.

Perfil y Propósito: Mariana ha trabajado como trabajadora religiosa vocacional en la «Iglesia de la Comunidad Esperanza» en Los Ángeles por más de dos años. Su dedicación a programas comunitarios, mentoría juvenil y ayuda a familias ha tenido un impacto tan significativo que la iglesia ha decidido patrocinar su solicitud de ajuste de estatus. El objetivo es que pueda convertirse en residente permanente legal y continuar su importante labor sin las limitaciones de su visa temporal.

Proceso de la Solicitud: Para su petición de ajuste de estatus, la iglesia presentará la siguiente documentación en nombre de Mariana:

  • Formulario de solicitud de ajuste de estatus.
  • Petición de inmigrante EB-4.
  • Pruebas del empleo continuo y el apoyo financiero de la iglesia.
  • Evidencia de las contribuciones de Mariana a la comunidad.
  • Certificados y credenciales que demuestren su experiencia y calificaciones.

Documentos para la Entrevista: Como parte del proceso, Mariana deberá asistir a una entrevista. Para esta cita, debe llevar su pasaporte, prueba de su entrada legal a los EE. UU. con la visa R-1 y su estatus actual, evidencia de empleo continuo, sus certificados académicos y cartas de recomendación.   

*Todos los ejemplos han sido creados con fines ilustrativos y no deben ser considerados como casos reales.

Nuestro Compromiso con la Excelencia

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Preguntas frecuentes (Visa R-1)

El solicitante de una visa R-1 debe ser patrocinado por una organización religiosa en los EE.UU. y su trabajo debe encajar en una de las siguientes tres categorías:

  • Pastores (Ministers): Son personas autorizadas, como sacerdotes, pastores o imanes, para dirigir el culto religioso y otras actividades exclusivas de los miembros de su denominación.
  • Vocación religiosa: Se refiere a personas cuyas vidas están dedicadas a prácticas y funciones religiosas, habiendo hecho un compromiso formal a través de votos, como monjes, monjas o hermanos religiosos.
  • Ocupación religiosa: Son personas en posiciones laborales con funciones religiosas tradicionales. Sus deberes deben estar directamente relacionados con la fe y las creencias de su denominación, no limitándose a tareas administrativas.     

El tipo de organización religiosa que puede patrocinar a un trabajador extranjero para una visa R-1 debe ser una de las siguientes tres categorías:

  • Organizaciones religiosas sin fines de lucro: Una entidad que funciona como una organización religiosa sin fines de lucro y tiene el estatus de exención de impuestos en los EE.UU.
  • Organizaciones religiosas que pertenecen a una agrupación religiosa matriz: Una organización que es parte de un grupo religioso más grande y que, por su afiliación, también está exenta de impuesto sobre la renta.
  • Organizaciones sin fines de lucro afiliada a una denominación religiosa en los EE.UU.: Una organización que, aunque no sea una iglesia directamente, está afiliada a una denominación religiosa reconocida y opera como una entidad sin fines de lucro.   

La diferencia principal es que una organización religiosa es una entidad individual y local, mientras que una denominación religiosa es un grupo más amplio al que pertenecen múltiples organizaciones.

Organización religiosa: Una organización religiosa es una entidad específica que realiza actividades de naturaleza religiosa, como el culto, la educación y la caridad. Puede ser una iglesia, mezquita, sinagoga o cualquier otro lugar de culto.

Ejemplo: La Iglesia Episcopal de San Juan es una organización religiosa individual que ofrece servicios y actividades comunitarias en su localidad.

Denominación religiosa: Una denominación religiosa es una rama más grande de una religión que comparte creencias y prácticas comunes. Abarca a muchas organizaciones religiosas individuales que se alinean bajo una misma doctrina o estructura.

Ejemplo: La Iglesia Episcopal en los Estados Unidos es una denominación religiosa que agrupa a muchas iglesias locales, como la Iglesia Episcopal de San Juan.

Sí, es posible cambiar a otra organización religiosa que actúe como tu nuevo patrocinador.

Proceso para el cambio de empleador: Cuando finaliza el empleo, tu organización religiosa actual debe notificar a USCIS en un plazo de 14 días. Para que puedas comenzar a trabajar con un nuevo patrocinador, esta nueva organización debe presentar una nueva petición de visa R-1 en tu nombre.

Cambio de ubicación física: Si la nueva posición implica un cambio en tu lugar de trabajo físico, esto se considera una modificación sustancial de tu visa R-1. En este caso, lo más apropiado es que se presente una petición R-1 actualizada y esperes su aprobación antes de mudarte a la nueva ubicación.

Sí, por lo general no está permitido, pero hay excepciones que te permiten trabajar para varios empleadores con una visa R-1, siempre que se cumplan condiciones específicas.

  • Empleo dentro de la misma denominación: Es posible trabajar para múltiples organizaciones religiosas sin fines de lucro, siempre y cuando todas pertenezcan a la misma denominación religiosa. Para que esto ocurra, cada nuevo empleador debe presentar una petición separada ante USCIS para obtener la autorización para contratarte.
  • Si el empleador pertenece a una organización más grande: Si vas a trabajar para varias organizaciones que son parte de una entidad religiosa más grande y centralizada, la petición de visa R-1 debe ser presentada por la organización de mayor tamaño en nombre de todas las sedes.

No, no es obligatorio obtener siempre una visa R-1 para actividades religiosas en los Estados Unidos.

Si viajas como miembro de una denominación religiosa para participar en actividades de corto plazo como conferencias o eventos religiosos, por los que no recibirás ninguna remuneración de una fuente estadounidense, puedes hacerlo con una visa de visitante de negocios B-1.

Sí, una visa R-1 te permite solicitar posteriormente la residencia permanente legal en los Estados Unidos.

Esto se debe a que la visa R-1 se considera una visa de «doble intención». Esto significa que, aunque la visa es para una estadía temporal, la ley te permite tener la intención de solicitar la residencia permanente sin que eso afecte negativamente tu estatus R-1. Por lo tanto, puedes usar la visa R-1 como un paso inicial para luego gestionar tu residencia legal, por ejemplo, a través de una petición de inmigrante en la categoría EB-4.

Si pierdes tu empleo mientras estás en los EE. UU. con una visa R-1, tienes derecho a un período de gracia de hasta 60 días.

El período de gracia de 60 días: Este período te permite permanecer legalmente en el país después de que tu relación laboral finalice, ya sea de forma voluntaria o involuntaria. Es de 60 días calendario o hasta el último día de tu estadía autorizada, lo que ocurra primero.

Opciones durante el período de gracia. Para mantener tu estatus legal, debes tomar una de las siguientes acciones dentro del plazo de 60 días:

  • Cambiar de estatus: Solicitar un cambio a otra clasificación de visa de no-inmigrante.
  • Ajustar estatus: Presentar una solicitud para convertirte en residente permanente legal.
  • Autorización de empleo por circunstancias apremiantes: Solicitar un permiso de trabajo temporal por razones de urgencia.
  • Cambiar de empleador: Realizar una petición para trabajar con un nuevo empleador bajo la misma clasificación de visa R-1.

Si no tomas ninguna de estas medidas, deberás salir de los Estados Unidos antes de que finalice el período de gracia.  

Sí, si estás en los EE. UU. con una visa R-1, tienes obligaciones tributarias/fiscales.

Una vez que recibes ingresos por tu relación laboral con un empleador estadounidense, estás sujeto a las normas fiscales de los EE. UU. Al tener un número de seguridad social, deberás cumplir con la tributación como un ciudadano extranjero no residente que obtiene ingresos de una fuente estadounidense.

Sí, los titulares de una visa R-1 pueden estudiar en los Estados Unidos, pero bajo condiciones específicas.

  • Condiciones para el estudio: Los estudios deben ser a tiempo parcial y no pueden interferir con las actividades religiosas para las cuales se otorgó la visa. Además, los estudios deben ser incidentales o estar directamente relacionados con tu posición como trabajador religioso.
  • Limitaciones importantes: No puedes extender tu estadía en los EE. UU. únicamente con el propósito de completar un programa de estudios. Si deseas realizar estudios a tiempo completo o que no estén relacionados con tus deberes religiosos, debes solicitar un cambio de estatus a una visa de estudiante apropiada (F-1 o M-1).

Preguntas frecuentes (Visa EB-4)

La visa de inmigrante para los trabajadores religiosos que buscan la residencia permanente legal en los EE.UU. es la EB-4.

Los trabajadores religiosos son considerados «inmigrantes especiales» y pueden convertirse en residentes permanentes bajo esta categoría de visa. El proceso se inicia con una petición ante USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos), sin importar si el trabajador religioso se encuentra dentro o fuera del país.

El proceso para obtener la residencia permanente legal en la categoría EB-4 para un trabajador religioso se realiza en varios pasos, desde la presentación de la petición hasta la entrevista final en una embajada o consulado.

  • Paso 1: Petición inicial: Primero, el trabajador religioso o su empleador en los EE. UU. debe determinar la elegibilidad y presentar una petición de inmigrante EB-4 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Esta petición debe incluir toda la documentación de respaldo, como la prueba de membresía religiosa, la oferta de empleo y las calificaciones del trabajador.
  • Paso 2: Procesamiento de la petición: USCIS revisará la petición y la documentación de respaldo. Este proceso de aprobación suele tardar entre 6 y 8 meses. Si la petición es aprobada, USCIS enviará una notificación al solicitante y al empleador.
  • Paso 3: Centro Nacional de Visas (NVC): Una vez aprobada la petición, el caso se transfiere al Centro Nacional de Visas (NVC). El NVC se encargará de recopilar los formularios y documentos adicionales, y el trabajador religioso extranjero deberá presentar la solicitud de visa de inmigrante (formulario DS-260) y pagar las tarifas correspondientes.
  • Paso 4: Entrevista en la Embajada/Consulado: Finalmente, el caso se envía a la embajada o consulado de los EE. UU. en el país de residencia del solicitante. El trabajador religioso debe asistir a una entrevista, donde un oficial consular revisará el caso y hará preguntas. Si la entrevista es exitosa, se le otorgará la visa EB-4 para que pueda viajar a los Estados Unidos.    

No, no es obligatorio tener una visa R-1 para ser elegible para la visa de inmigrante EB-4.

Aunque tener una visa R-1 puede facilitar el proceso al documentar tu trabajo religioso en los EE.UU., el requisito principal es haber sido miembro de una organización religiosa y haber trabajado en un rol calificado durante al menos dos años antes de la petición. Esta experiencia puede haberse obtenido en cualquier parte del mundo, no solo en los Estados Unidos.

 

El tiempo promedio para obtener una visa EB-4 o un ajuste de estatus mediante una petición EB-4 se encuentra entre 16 y 30 meses. Sin embargo, la duración exacta puede variar significativamente debido a varios factores.

Factores que afectan el tiempo de espera:

El proceso de la visa EB-4 tiene dos etapas principales: el procesamiento de la petición ante USCIS y la asignación de la visa por parte del Centro Nacional de Visas (NVC). 

Varios elementos influyen en esta línea de tiempo:

  • Límites de visas: Hay un límite anual de aproximadamente 10,000 visas EB-4, y los trabajadores en ocupación o vocación religiosa tienen asignado un subtotal de 5,000 cupos. Los pastores y posiciones similares no tienen este límite de cupos y, por lo tanto, no se ven afectados por el agotamiento de visas. El año fiscal de visas se reinicia el 1 de octubre.

 

  • Inspecciones: En algunos casos, USCIS puede requerir una inspección física de las instalaciones de la organización religiosa, lo que puede prolongar el proceso.

 

  • Procesamiento prioritario: Las peticiones EB-4 no son elegibles para el procesamiento prioritario, lo que significa que no se puede pagar una tarifa adicional para acelerar la decisión.

Estrategia recomendada: Debido a que el proceso puede ser largo, es aconsejable que los trabajadores religiosos presenten su solicitud lo antes posible. Dado que la visa R-1 es de doble intención, puedes iniciar tu proceso de petición EB-4 mientras tienes un estatus R-1 sin ponerlo en peligro. Iniciar el trámite temprano te asegura un lugar en la fila para cuando haya visas disponibles.

Sí, existe una limitación importante para los trabajadores en vocación u ocupación religiosa.

A diferencia de los ministros, la capacidad de estos trabajadores para obtener una visa EB-4 depende de la «disponibilidad temporal del programa». Esto significa que el Congreso de los EE.UU. debe extender el beneficio periódicamente.

La posibilidad de que los trabajadores en vocación u ocupación religiosa obtengan una visa EB-4 es temporal y depende de las extensiones del Congreso. La fecha de vencimiento más reciente para este programa es el 30 de septiembre de 2025.

Estado actual del programa:

Si bien la categoría EB-4 para ministros es permanente, la disposición para los trabajadores religiosos no ministros no lo es. El programa para este grupo de trabajadores ha sido extendido varias veces en el pasado, pero no hay garantía de futuras extensiones. Esto crea un nivel de incertidumbre para quienes buscan la residencia permanente en estas categorías.

Disponibilidad de visas para 2025: Es importante destacar que, incluso con la extensión del programa, el límite anual de visas para la categoría EB-4 en general para el año fiscal 2025 ya se ha alcanzado. Como resultado, las visas no volverán a estar disponibles en esta categoría para ningún solicitante hasta que se reinicie el nuevo año fiscal, lo cual ocurrirá el 1 de octubre de 2025.

En resumen, aunque el programa para los trabajadores no ministros está vigente hasta finales de septiembre de 2025, no hay visas disponibles actualmente para su emisión.

Sí, es cierto. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) realiza inspecciones físicas a las instalaciones de las organizaciones religiosas tanto para las visas R-1 como para las EB-4.

Propósito de las inspecciones: El objetivo principal de estas inspecciones, conocidas como inspecciones *in situ*, es verificar que la información proporcionada en las solicitudes de visa sea legítima. USCIS busca confirmar que las organizaciones son entidades religiosas sin fines de lucro válidas y que los puestos ofrecidos a los trabajadores extranjeros cumplen con los requisitos de la visa. Esto ayuda a prevenir el fraude y el uso indebido del programa de visas. 

Verificación según el tipo de visa:

  • Para la visa R-1: Las inspecciones confirman que la organización patrocinadora está calificada para contratar trabajadores religiosos extranjeros y que las funciones a realizar son de naturaleza religiosa.
  • Para la visa EB-4: Las inspecciones aseguran que las organizaciones son elegibles para patrocinar la residencia permanente y que los puestos son remunerados y a tiempo completo, tal como lo exige esta visa de inmigrante.   

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