Diciembre de 2025: El Estatus TPS para venezolanos ha expirado.
Las dos designaciones de Estatus de Protección Temporal (TPS) para Venezuela han finalizado: la designación 2023 terminó el 3 de octubre de 2025, y la designación 2021 terminó el 7 de noviembre de 2025.
Esto significa que, legalmente, los beneficiarios YA NO POSEEN ESTATUS en los Estados Unidos. La única protección que persiste es un salvavidas temporal para trabajar y evitar la deportación. La inacción en este momento resultará en la acumulación de presencia ilegal y la pérdida de la autorización de empleo.
1. Lo Único que Queda: La Extensión de Empleo Judicial
La única protección activa para los exbeneficiarios de TPS es una extensión forzosa de sus documentos, ordenada por una corte federal:
- Documentos Extendidos: El permiso de trabajo (EAD), los Avisos I-797 y los I-94 relacionados con el TPS.
- Fecha Límite Final: Estos documentos son válidos solo hasta el 2 de octubre de 2026.
Punto Vital: Esta extensión de documentos NO RESTABLECE su estatus legal. Su estatus legal expiró en noviembre de 2025. Usted debe usar el tiempo hasta octubre de 2026 para asegurar una nueva vía migratoria antes de que expire su permiso de trabajo y comience a acumular presencia ilegal sin protección.
2. ❌ Opciones Migratorias que YA NO SON POSIBLES
Debido a que el estatus TPS ya terminó, dos vías comunes de transición están ahora cerradas:
- Cambio de Estatus (COS) a Visas No-Inmigrantes (F-1, H-1B, E-2): Esta opción requiere que el solicitante esté en un estatus válido de no-inmigrante al momento de presentar la solicitud (Formulario I-539). Dado que el TPS ya expiró, cualquier intento de COS será denegado por estar fuera de estatus (out of status). La única opción para obtener una de estas visas ahora es a través del Proceso Consular (saliendo del país).
3. ✅ Las Únicas Vías que Deben Explorarse HOY
La estrategia de los exbeneficiarios de TPS debe centrarse exclusivamente en obtener la Residencia Permanente o el Asilo.
| Vía de Inmigración | Situación Actual y Elegibilidad |
| Ajuste de Estatus (AOS / Green Card) | Depende de su Entrada Original: El TPS ya no otorga el beneficio de la «admisión legal». Usted SOLO puede solicitar la Green Card dentro de EE. UU. (AOS) si su entrada inicial fue legal (ej. con visa, Parole humanitario, o I-94). Si entró sin inspección (EWI), deberá tramitar la residencia por vía consular, lo cual tiene grandes riesgos. |
| Asilo (I-589) | Urgente y Viable: Tener TPS le otorgó una «circunstancia extraordinaria» que detiene el reloj de un año para el Asilo. Si no ha solicitado Asilo, debe hacerlo inmediatamente. Esta es la vía más directa para asegurar una protección que puede llevar a la Green Card. |
4. Advertencia Final: Consecuencias del 2 de octubre de 2026
Su protección legal se acaba, y no hay un «período de gracia».
- El 2 de octubre de 2026: El Final del Plazo: Si llega esta fecha y usted no tiene una solicitud de AOS o Asilo pendiente, su permiso de trabajo caducará y perderá la autorización para trabajar.
- Presencia Ilegal Inminente: No hay un número específico de días de gracia para «organizarse». Al expirar su estatus (Nov. 2025) y su autorización de trabajo (Oct. 2026), usted comienza a acumular presencia ilegal (unlawful presence), quedando expuesto a la remoción (deportación) en cualquier momento. Debe salir del país o haber obtenido un nuevo estatus/protección antes de esa fecha.
ACCIÓN REQUERIDA: La inmediatez es vital. Consulte muy pronto para determinar si califica para AOS por su entrada legal o si su única opción es una solicitud de Asilo. No hay tiempo que perder.

