Autorización de Empleo
EAD
Servicios especializados para cada una de sus necesidades de visa e inmigración para los Estados Unidos

Autorización de Empleo
Los extranjeros en los Estados Unidos generalmente se pueden clasificar en dos grupos cuando se trata de autorización de empleo
Autorización de Empleo Inherente al Estatus Migratorio
En esta categoría, el estatus migratorio de una persona le otorga directamente el derecho a trabajar. No necesitan solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD), ya que su condición migratoria ya les permite trabajar legalmente.
Casos específicos incluyen:
- Residentes Permanentes Legales.
- Titulares de ciertas visas de no-inmigrante con derecho inherente a trabajar.
- Algunos refugiados y asilados (con ciertas excepciones).
Para todas estas situaciones, el derecho a trabajar proviene directamente del estatus migratorio, lo cual significa que la persona no necesita solicitar un EAD por separado.
Personas que deben solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
Hay diversas categorías o clasificaciones migratorias en las que el estatus obtenido no otorga autorización para trabajar de manera automática. En estos casos, se requiere solicitar un EAD antes de poder emplearse legalmente.
Algunos ejemplos de las categorías principales incluyen:
- Estudiantes F-1 y otras visas relacionadas con educación.
- Dependientes (en general cónyuges) de titulares de visa, quienes tienen derecho a obtener empleo legalmente con posterioridad a la aprobación de un EAD.
- Solicitantes con beneficios migratorios pendientes, tales como personas en proceso de Ajuste de Estatus (AOS) o solicitantes de asilo con casos pendientes.
- Categorías Humanitarias y de Protección Temporal, tales como Beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS), Parole Humanitario, beneficiarios de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) o Titulares de visas U y T que han sido víctimas de ciertos delitos (visa U) o tráfico humano (visa T).
En todos estos casos, la persona no tiene autorización de empleo automática y debe solicitar el Documento de Autorización de Empleo (EAD), siguiendo los requisitos de USCIS. El EAD es una tarjeta plástica emitida como evidencia de que el titular está autorizado para trabajar en los Estados Unidos.
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Preguntas frecuentes (Autorización de Empleo)
¿Cuáles son los requisitos principales para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD)?
Los requisitos principales para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) giran en torno a la «elegibilidad de su estatus migratorio» y el «cumplimiento de los procedimientos de solicitud».
Requisitos Principales para Solicitar un EAD
Para solicitar el EAD, debe cumplir con las siguientes condiciones fundamentales:
Elegibilidad de Estatus Migratorio
- Debe encontrarse en los Estados Unidos bajo una «clasificación migratoria específica» que le otorgue la elegibilidad para solicitar un EAD (ej., solicitante de Asilo, Ajuste de Estatus, TPS, «Parole» Humanitario, o cónyuge dependiente de ciertas visas de no-inmigrante).
Documentación y Presentación Apropiada
- Presentación de solicitud: Debe completar y presentar correctamente la solicitud de EAD ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS).
- Evidencia de Respaldo: Incluir la documentación de respaldo apropiada para su categoría de elegibilidad (ej., la notificación de recibo de su solicitud de Asilo o Ajuste de Estatus, la notificación de aprobación de TPS, o la prueba de su «Parole»).
Pago de Tarifas
Debe cumplir con el requisito de pago de tarifas:
- Tarifa de Solicitud: Pagar la tarifa de presentación de la solicitud requerida por USCIS.
- Exención: Solo se exime del pago si demuestra que es «elegible para una exención de tarifa».
¿Cuáles son las categorías migratorias que permiten solicitar Documento de Autorización de Empleo (EAD) para emplearse legalmente en los Estados Unidos?
Categorías Migratorias principales que Permiten Solicitar el EAD
Las clasificaciones de elegibilidad para el EAD se pueden agrupar en las siguientes categorías amplias, según la naturaleza del estatus o el beneficio solicitado:
Categorías Humanitarias y de Protección
Estas categorías representan protecciones especiales donde el derecho a trabajar no es automático:
Asilo y Refugio (Protección)
- Asilados y refugiados (y sus familiares dependientes).
- Estatus de Protección Temporal (TPS).
Programas de Alivio Especial
- Parole Humanitario.
- Acción Diferida (incluyendo **DACA**).
- Beneficiarios de NACARA, Programa de Unidad Familiar y Unidad Familiar LIFE.
Víctimas de Delitos/Tráfico
- Titulares de visas «U» (víctimas de ciertos delitos) y sus dependientes.
- Titulares de visas «T» (víctimas de tráfico humano) y sus dependientes.
Solicitantes con Beneficios de Residencia Pendientes
Estas personas están en el proceso de obtener la residencia permanente:
- Ajuste de Estatus (AOS): Solicitantes que estan en proceso para la obtencion de la Residencia Permanente Legal (Green Card).
- Legalización y Registro: Solicitantes bajo programas históricos de legalización (como las Secciones 245A o 210 de la INA) o solicitantes de registro basado en residencia continua.
- Cancelación de Deportación: Solicitantes de cancelación de remoción/deportación.
- Prometidos y Cónyuges de Ciudadanos/LPR: No-inmigrante «K-1» (prometido/a), «K-3» (cónyuge) y sus dependientes (K-2, K-4).
- Visas V de No-inmigrante: V-1, V-2, o V-3.
Dependientes de Visas de No-Inmigrante
El estatus del dependiente no les permite trabajar automáticamente, pero son elegibles para solicitar un EAD:
Cónyuges Dependientes:
- Cónyuges de titulares de visas E-1, E-2, E-3 (Australia).
- Cónyuge de transferidos intra-compañía L-1.
- Cónyuge de no-inmigrante H-1B (H-4), bajo ciertas condiciones (generalmente cuando el H-1B tiene una petición aprobada).
- Cónyuges de visitantes de intercambio J-2 y otros dependientes elegibles (A-3, G-5).
Estudiantes con Autorización Externa al Campus
El EAD se utiliza para autorizar el empleo fuera de las condiciones regulares de su visa (trabajo en el campus):
- Capacitación Práctica Opcional (OPT): Estudiantes F-1 que solicitan OPT antes o después de la finalización de los estudios, incluyendo la «extensión de 24 meses para estudiantes STEM».
- Dificultades Económicas: Estudiantes F-1 que buscan empleo fuera del campus debido a dificultades económicas severas.
- Estudiantes M-1 que buscan OPT.
Circunstancias Especiales de Empleo B-1
Personas que ingresan como no-inmigrante B-1 (Visitante de Negocios) para realizar actividades que requieren un EAD:
- Asistentes personales o trabajadores domésticos de ciertos empleadores no-inmigrantes o ciudadanos estadounidenses.
- Empleados por aerolíneas extranjeras.
Beneficiarios de Circunstancias Apremiantes (Compelling Circumstances)
- Beneficiarios principales de una petición de inmigrante basada en empleo aprobada que enfrentan «circunstancias apremiantes».
- Cónyuges o hijos solteros de dicho beneficiario principal.
¿Puedo obtener un EAD si no tengo un estatus valido dentro de los Estados Unidos?
No, generalmente no puedes obtener un EAD si no tienes un estatus migratorio válido en los Estados Unidos ni una solicitud o petición pendiente para un beneficio que te otorgue la elegibilidad para el empleo.
Elegibilidad para el EAD
- El Documento de Autorización de Empleo (EAD) es un «permiso derivado», lo que significa que su elegibilidad debe basarse en alguna «acción legal» que te permita trabajar.
Requisito Fundamental
La elegibilidad para el EAD requiere que la persona se encuentre en una de las categorías definidas por USCIS, las cuales casi siempre implican:
- Tener un estatus legal temporal que permite la solicitud (ej., beneficiario de TPS o «Parole»).
- Tener una solicitud o petición de beneficio migratorio pendiente que, por reglamento, autoriza la solicitud de un EAD (ej., solicitante de Ajuste de Estatus, Asilo pendiente, o una petición de visa U).
Ausencia de Estatus y Solicitudes
Si un ciudadano extranjero ingresó a los EE.UU. «sin inspección», «sin visa», o sin «Parole», y actualmente «no tiene ninguna solicitud o petición pendiente» (como Asilo, AOS, TPS, etc.), no cumple con la condición más básica para la aprobación de un EAD.
Sin una «conexión legal» al sistema migratorio estadounidense (ya sea un estatus actual o una solicitud pendiente), no hay base reglamentaria para que USCIS apruebe una autorización de empleo.
¿Cuál es la duración de una Autorizacion de Empleo (EAD)?
La duración de un Documento de Autorización de Empleo (EAD) «no es fija»; varía según el «estatus migratorio» y la «categoría de elegibilidad» específica del solicitante.
Duración Típica del EAD
La mayoría de los EAD se emiten por períodos que van de «uno a cinco años», dependiendo de la probabilidad y el tiempo estimado de la adjudicación del beneficio migratorio subyacente:
- Categorías Humanitarias (TPS, DACA): Varía (generalmente 1 a 2 años). La duración está vinculada a la extensión o la validez del programa o designación subyacente.
- Solicitantes de Asilo y AOS: Hasta «cinco años» (reciente). USCIS ha extendido la validez de los EAD para solicitantes de Ajuste de Estatus (AOS) y Asilo para reducir la necesidad de renovaciones frecuentes.
- Estudiantes (OPT/STEM): 12 a 36 meses. La «Capacitación Práctica Opcional (OPT)» inicial es de 12 meses. La extensión «STEM OPT» puede ser de 24 meses adicionales.
- Categorías Basadas en Relación: Generalmente «dos años». Cónyuges dependientes (como H-4 o L-2) suelen recibir EAD válidos por dos años o por la duración de la estancia principal.
Nota Importante: Es fundamental revisar la «fecha de caducidad impresa» en el EAD. La validez del documento está siempre limitada por la finalización del estatus migratorio o beneficio subyacente, incluso si la fecha de caducidad en la tarjeta es posterior. Por ejemplo, si su «Parole» expira en 6 meses, su EAD no será válido por 5 años, sino solo por 6 meses.
¿Cómo es el proceso de renovación de un EAD?
El proceso de renovación de un Documento de Autorización de Empleo (EAD) es esencialmente el mismo que el de la solicitud inicial: consiste en presentar una nueva solicitud junto con la documentación de respaldo requerida ante USCIS antes de que expire el EAD actual.
Proceso de Renovación del EAD
- La renovación del EAD se realiza para evitar interrupciones en la autorización de empleo. El proceso se centra en la presentación oportuna y el cumplimiento de la elegibilidad.
Presentación Oportuna (Plazo)
- Anticipación: USCIS recomienda solicitar la renovación con «suficiente antelación» a la fecha de vencimiento. El plazo óptimo puede variar según la categoría, pero se sugiere comenzar el proceso al menos «180 días» (seis meses) antes de la expiración para permitir tiempo de procesamiento.
Extensión Automática (540 Días)
Elegibilidad: Ciertos solicitantes de renovación (aquellos en categorías que requieren una renovación) pueden calificar para una «extensión automática de hasta 540 días» en su autorización de empleo y la validez del EAD, siempre que:
- Presenten la solicitud de renovación antes de que expire el EAD actual.
- Pertenezcan a una categoría que figure en la lista de elegibilidad para la extensión automática.
- Prueba de Extensión: La extensión automática se prueba utilizando el «EAD expirado», junto con el «Formulario I-797C (Notificación de Recibo)» de la solicitud de renovación, siempre que el código de categoría en ambos documentos coincida con los elegibles para la extensión.
Documentos Requeridos
- Los solicitantes de renovación deben volver a presentar la solicitud (indicando que es una renovación) e incluir la documentación pertinente.
Tiempo de Procesamiento
- El tiempo de procesamiento «varía significativamente» según la categoría de elegibilidad y la carga de trabajo de USCIS. Aunque el promedio puede rondar los dos meses para algunas categorías, es crucial consultar el sitio web de USCIS para obtener los tiempos de procesamiento más recientes y específicos para la categoría de elegibilidad.
¿Puede un EAD ser revocado o anulado antes de su fecha de expiración?
Sí, un Documento de Autorización de Empleo (EAD) puede ser revocado o anulado*por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) antes de la fecha impresa de expiración.
Circunstancias de Revocación Anticipada del EAD
- La revocación anticipada ocurre cuando el derecho fundamental que justifica el EAD desaparece o cuando se descubre un impedimento de elegibilidad.
- Denegación del Beneficio Base: Si la solicitud o el estatus migratorio que otorgó el EAD es «denegado, retirado o anulado». Esto incluye la denegación de una Solicitud de Ajuste de Estatus (AOS), Asilo, o la terminación formal del TPS o «Parole» Humanitario.
- Fraude o Tergiversación: Si USCIS descubre que el EAD fue obtenido mediante «fraude, tergiversación intencional de hechos materiales» o la presentación de documentación falsa.
- Preocupaciones de Seguridad/Riesgo: Si se determina que la persona representa un «riesgo de seguridad nacional» o de seguridad pública, o si ha violado leyes de inmigración de manera significativa.
- Violación de Estatus: Si el estatus migratorio principal que le daba derecho al EAD se pierde debido a una «violación de las condiciones» de ese estatus (aunque esto a menudo se superpone con la denegación del beneficio base).
Consecuencia Clave: Incluso si un EAD tiene una fecha de vencimiento futura, una vez que USCIS lo revoca formalmente, el titular «ya no está legalmente autorizado para trabajar» en los EE.UU. Los empleadores que utilizan el sistema «E-Verify» pueden recibir alertas sobre la revocación, lo que obligaría a una nueva verificación del estatus laboral.
¿Si me aprueban un EAD significa que también me asignaran un numero de seguridad social (SSN)?
Sí, la aprobación de su EAD generalmente significa que también le asignarán un Número de Seguro Social (SSN).
Proceso de Asignación del SSN con el EAD
- Desde 2017, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) ha simplificado el proceso de solicitud del SSN. Al presentar la solicitud de EAD, el solicitante puede indicar si desea solicitar un SSN.
- USCIS comparte los datos con la Administración del Seguro Social (SSA) después de que su EAD es aprobado.
- La «Tarjeta de Seguro Social» se crea y se envía por separado a la dirección de correspondencia del beneficiario.
- La tarjeta de Seguro Social con su SSN debería llegar aproximadamente «2 a 3 semanas después» de que haya recibido su Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Importante: La aprobación del EAD es la «condición necesaria» para que la SSA procese la solicitud del SSN, ya que la autorización de empleo es el requisito fundamental para que los no ciudadanos obtengan un SSN.
¿El SSN que me aprueban tiene el mismo vencimiento que la EAD?
No, el Número de Seguro Social (SSN) que le aprueban «no tiene el mismo vencimiento» que su Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Permanencia del SSN vs. EAD Temporal
- La diferencia crucial radica en que el SSN es un identificador de por vida, mientras que el EAD es una autorización temporal para trabajar.
Número de Seguro Social (SSN)
- Vigencia: El SSN es un «identificador permanente y de por vida». Una vez que se le asigna un número, «nunca caduca».
- Propósito: Se utiliza para diversos fines, incluidos el empleo, los impuestos, la apertura de cuentas bancarias y la obtención de servicios gubernamentales.
Documento de Autorización de Empleo (EAD)
- Vigencia: El EAD es un «documento temporal» que prueba su permiso legal para trabajar. Tiene una «fecha de caducidad impresa» que está vinculada a la validez de su estatus migratorio subyacente (como el «Parole» o TPS).
Restricciones de la Tarjeta del SSN
Aunque el número de SSN nunca expira, la tarjeta física que recibe puede incluir una restricción si usted no es ciudadano estadounidense. Las tarjetas emitidas a personas con EAD a menudo contienen la leyenda:
«VALID FOR WORK ONLY WITH DHS AUTHORIZATION» (Válido para trabajar solo con autorización del DHS).
Esto significa que, incluso si tiene la tarjeta del SSN, su «derecho a trabajar caduca» cuando su «EAD expire», a menos que obtenga un nuevo estatus migratorio que le otorgue inherentemente la autorización de empleo o un nuevo EAD.
¿El SSN me otorga algún derecho dentro de Estados Unidos?
El Número de Seguro Social (SSN) no otorga derechos migratorios o el derecho a vivir indefinidamente en EE.UU.; es principalmente un «identificador único» que funciona como una llave para acceder a servicios y cumplir obligaciones.
Derechos y Funciones del SSN
- Si bien el SSN no confiere derechos en el sentido de estatus legal (como la Residencia Permanente Legal o la Ciudadanía), es un documento fundamental que facilita la participación en la vida económica y social de los Estados Unidos.
Acceso a Servicios y Obligaciones
El SSN es requerido o esencial para:
- Empleo Legal: Es necesario para que su empleador informe sus salarios al gobierno. Sin el SSN (y el EAD si no es ciudadano/LPR), no se puede trabajar legalmente.
- Crédito y Finanzas: Es vital para «establecer un historial crediticio», solicitar préstamos, hipotecas y abrir cuentas bancarias y de inversión.
- Impuestos: Permite el cumplimiento de las «obligaciones tributarias» ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS).
- Servicios Gubernamentales: Se utiliza para acceder a ciertos beneficios gubernamentales federales y estatales, como beneficios de Seguro Social (si se califica), y a programas de asistencia pública (si su estatus migratorio lo permite).
Lo que el SSN NO Otorga
Es crucial entender que el SSN no cambia su estatus migratorio:
- No es Identidad Legal: No sustituye el pasaporte, la licencia de conducir o los documentos migratorios para propósitos de identificación legal o prueba de estatus.
- No Otorga Residencia: Tener un SSN no le da el derecho a vivir, trabajar o permanecer en el país una vez que su estatus migratorio autorizado (como el «Parole» o el TPS) expire.
En resumen: El SSN es una «herramienta administrativa» necesaria para operar legalmente y financieramente en EE.UU., pero su derecho a permanecer en el país se basa únicamente en su «estatus migratorio» (visa, «Green Card» o ciudadanía).
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